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Tipo
Cursos
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Modalidad
Presencial
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Duración / Créditos
240 h.
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Fechas
Matric. Permanente
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Sedes
Gijón
Información general
DESCRIPCIÓN:
Con esta formación aprenderás a utilizar el idioma con cierta seguridad y flexibilidad, receptiva y productivamente, tanto en forma hablada como escrita, así como para mediar entre hablantes de distintas lenguas, en situaciones cotidianas y menos corrientes que requieran comprender y producir textos en una variedad de lengua estándar, con estructuras habituales y un repertorio léxico común no muy idiomático, y que versen sobre temas generales, cotidianos o de interés personal.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA
¿A quién va dirigido?
Dirigido, a los/as trabajadores/as desempleados/as.
Requisitos
Los participantes deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:
1. Familias monoparentales (mujer que conviva con sus hijos menores o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada, siendo la ˙nica sustentadora de los mismos, no aplicándose cuando la mujer conviva con el padre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar o cuando en supuestos de separación o divorcio perciba, de manera efectiva, la correspondiente pensión de alimentos fijada en el correspondiente convenio regulador y sentencia.)
2. Víctimas de violencia de género.
3. Personas con discapacidad.
4. Inmigrantes (beneficiarios/as o demandantes de asilo, refugio y otras formas de protección internacional).
5. Personas en riesgo de exclusión social; las definidas en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE de 14 de diciembre de 2007):
a) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de convivencia beneficiarios de ellas.
b) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
- Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora.
- Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
c) Jóvenes mayores de 18 años y menores de 30, procedentes de instituciones de protección de menores.
d) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
e) Internos en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria, les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ·ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el art. 1 del RD 782/2001, 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
f) Menores internos incluidos en el ·ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ·ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el art. 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el RD 1774/2004, 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativos autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
h) Personas procedentes de Servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
LA SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES A LOS COLECTIVOS MENCIONADOS, DEBER· SER ACREDITADA POR LOS SERVICIOS SOCIALES PÚBLICOS COMPETENTES
Igualmente deberán cumplir los siguientes requisitos de acceso:
- Edad: 16 años.
- Nivel académico o de conocimientos generales mínimo: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (GESO) o nivel equivalente a efectos académicos o profesionales.
- Nivel de conocimiento de la lengua inglesa: nivel intermedio A2 acreditado o contrastable mediante prueba específica de nivel.
1. Familias monoparentales (mujer que conviva con sus hijos menores o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada, siendo la ˙nica sustentadora de los mismos, no aplicándose cuando la mujer conviva con el padre de alguno de los hijos que forman parte de su unidad familiar o cuando en supuestos de separación o divorcio perciba, de manera efectiva, la correspondiente pensión de alimentos fijada en el correspondiente convenio regulador y sentencia.)
2. Víctimas de violencia de género.
3. Personas con discapacidad.
4. Inmigrantes (beneficiarios/as o demandantes de asilo, refugio y otras formas de protección internacional).
5. Personas en riesgo de exclusión social; las definidas en el artículo 2.1 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción (BOE de 14 de diciembre de 2007):
a) Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier prestación de igual o similar naturaleza, según la denominación adoptada en cada Comunidad Autónoma, así como los miembros de convivencia beneficiarios de ellas.
b) Personas que no puedan acceder a las prestaciones a las que se hace referencia en el párrafo anterior, por alguna de las siguientes causas:
- Falta del período exigido de residencia o empadronamiento, o para la constitución de la unidad perceptora.
- Haber agotado el período máximo de percepción legalmente establecido.
c) Jóvenes mayores de 18 años y menores de 30, procedentes de instituciones de protección de menores.
d) Personas con problemas de drogodependencia u otros trastornos adictivos que se encuentren en proceso de rehabilitación o reinserción social.
e) Internos en centros penitenciarios, cuya situación penitenciaria, les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ·ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el art. 1 del RD 782/2001, 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.
f) Menores internos incluidos en el ·ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, cuya situación les permita acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en el ·ámbito de aplicación de la relación laboral especial a que se refiere el art. 53.4 del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el RD 1774/2004, 30 de julio, así como los que se encuentran en situación de libertad vigilada y los ex internos.
g) Personas procedentes de centros de alojamiento alternativos autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
h) Personas procedentes de Servicios de prevención e inserción social autorizados por las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
LA SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES A LOS COLECTIVOS MENCIONADOS, DEBER· SER ACREDITADA POR LOS SERVICIOS SOCIALES PÚBLICOS COMPETENTES
Igualmente deberán cumplir los siguientes requisitos de acceso:
- Edad: 16 años.
- Nivel académico o de conocimientos generales mínimo: Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (GESO) o nivel equivalente a efectos académicos o profesionales.
- Nivel de conocimiento de la lengua inglesa: nivel intermedio A2 acreditado o contrastable mediante prueba específica de nivel.
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Av. Jardín Botánico 1345. Ed. Intra 1. Zona Talento
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