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Tipo
Oposiciones
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Modalidad
Online / A distancia (+)
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Fechas
Matric. Permanente
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Sedes
San Fernando de Henares
Información general
DESCRIPCIÓN:
Amplía tus conocimientos y logra aprobar exitosamente las oposiciones a guardia civil en la escala de cabos y guardias, gracias a la formación de calidad que te brindará el Curso de Preparación de Oposiciones a Guardia Civil Escala de Cabos y Guardias, el cual te enseñará las herramientas necesarias para asegurar tu éxito dentro del campo laboral.
Por otro lado, en dicho curso realizarás prácticas necesarias para superar las pruebas físicas y teóricas de dichas oposiciones.
Por otro lado, en dicho curso realizarás prácticas necesarias para superar las pruebas físicas y teóricas de dichas oposiciones.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA
FINALIDAD DEL PROGRAMA FORMATIVO:
- Ampliar los conocimientos de cada estudiante con el fin de que logren superar exitosamente las oposiciones a guardia civil.
- Disponer de herramientas necesarias para asegurar el éxito de cada estudiante dentro del campo laboral.
- Ofrecer una formación de calidad necesaria para asegurar la debida aprobación de oposiciones a guardia civil en la escala de cabos y guardias.
- Disponer de herramientas necesarias para asegurar el éxito de cada estudiante dentro del campo laboral.
- Ofrecer una formación de calidad necesaria para asegurar la debida aprobación de oposiciones a guardia civil en la escala de cabos y guardias.
TITULACIÓN
Oposiciones Guardia Civil
Requisitos
Poseer la nacionalidad española.
No estar privado de los derechos civiles.
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
Tener cumplidos 18 años de edad en el año de la convocatoria y no tener cumplida ni cumplir durante el año de la convocatoria la edad de 41 años.
Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en cada convocatoria.
Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
No estar privado de los derechos civiles.
Carecer de antecedentes penales.
No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio oral correspondiente.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
Tener cumplidos 18 años de edad en el año de la convocatoria y no tener cumplida ni cumplir durante el año de la convocatoria la edad de 41 años.
Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en cada convocatoria.
Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas en los párrafos c) y d) del artículo 71.2, de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar o en los párrafos d) y e), del artículo 48.1 de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.
No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.
Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
SALIDAS PROFESIONALES
Con esta formación podrás ejercer como profesional cualificado en puestos de trabajo de:
- Guardia Civil
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UBICACIONES DE NUESTRAS SEDES
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San Fernando de Henares
Calle Mar Tirreno nº 8, nave E04
Opiniones
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