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Tipo
Cursos
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Modalidad
Online / A distancia
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Duración / Créditos
100 h.
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Fechas
Matric. Permanente
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Sedes
Madrid
Información general
DESCRIPCIÓN:
El curso de prevención de Blanqueo de Capitales es un completo método de aprendizaje, que se enfoca en aportar información de calidad acerca de los conceptos jurídicos y legislativos del blanqueo de capitales, la identificación de los sujetos obligados, el proceso de encubrimiento y difuminación, y la doble línea de acción.
Se trata de una destacada capacitación académica, ofrecida y desarrollada por el prestigioso y reconocido Centro Educativo Thomson Reuters, la cual consta de 6 temas diferentes, ofrece servicio de tutorías durante toda la formación, y otorga certificado en formato digital.
Se trata de una destacada capacitación académica, ofrecida y desarrollada por el prestigioso y reconocido Centro Educativo Thomson Reuters, la cual consta de 6 temas diferentes, ofrece servicio de tutorías durante toda la formación, y otorga certificado en formato digital.
Bonificable
Certificado de profesionalidad
ASPECTOS A TENER EN CUENTA
FINALIDAD DEL PROGRAMA FORMATIVO:
- Aportar conocimientos acerca de las modalidades del blanqueo de capitales, los sistemas internacionales de la lucha contra el blanqueo de capitales, la Unidad de Inteligencia Financiera, y la Normativa de la Unión Europea.
- Proporcionar un interesante plan de estudios, en el cual se enseña sobre los sujetos obligados por la ley, la prevención de la financiación del terrorismo en España, las medidas de diligencia debida, y la conservación de documentos.
- Profundizar sobre los clientes no admisibles, la identificación del representante, la segmentación de clientes, y la obligación de comunicación al Sepblac.
- Proporcionar un interesante plan de estudios, en el cual se enseña sobre los sujetos obligados por la ley, la prevención de la financiación del terrorismo en España, las medidas de diligencia debida, y la conservación de documentos.
- Profundizar sobre los clientes no admisibles, la identificación del representante, la segmentación de clientes, y la obligación de comunicación al Sepblac.
¿A quién va dirigido?
Aportar conocimientos acerca de las modalidades del blanqueo de capitales, los sistemas internacionales de la lucha contra el blanqueo de capitales, la Unidad de Inteligencia Financiera, y la Normativa de la Unión Europea.
Proporcionar un interesante plan de estudios, en el cual se enseña sobre los sujetos obligados por la ley, la prevención de la financiación del terrorismo en España, las medidas de diligencia debida, y la conservación de documentos.
Profundizar sobre los clientes no admisibles, la identificación del representante, la segmentación de clientes, y la obligación de comunicación al Sepblac.
Proporcionar un interesante plan de estudios, en el cual se enseña sobre los sujetos obligados por la ley, la prevención de la financiación del terrorismo en España, las medidas de diligencia debida, y la conservación de documentos.
Profundizar sobre los clientes no admisibles, la identificación del representante, la segmentación de clientes, y la obligación de comunicación al Sepblac.
TITULACIÓN
Certificación Formato digital de superación del curso.
TEMARIO
TEMA 1: EL BLANQUEO DE CAPITALES EN EL MARCO LEGISLATIVO INTERNACIONAL
SECCIÓN 1: El blanqueo de capitales en el Mundo, una introducción al tipo delictivo
Definición de blanqueo de capitales o lavado de dinero (Money laundering)
- Modalidades de blanqueo de capitales
- Fases del blanqueo de capitales
- Colocación
- Encubrimiento o difuminación
- Integración
SECCIÓN 2: Vías y Sistemas internacionales de lucha contra el blanqueo de capitales
- Doble línea de acción
- Penal
- Prevención
- Instrumentos Internacionales
- FATF (Financial Action Task Force) o GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional)
- Los Estandares Internacionales (40 recomendaciones y 9 adicionales)
- Orientaciones
- UIF (Unidad Inteligencia Financiera)
- INTERPOL
TEMA 2: MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES EN EL MARCO DE LA UNIÓN EUROPEA (REGLAMENTOS)
SECCIÓN 1: Normativa Unión Europea. REGLAMENTOS
- Reglamento UE 20 de mayo de 2015; sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos y por el que se deroga el Reglamento 1781/2006.
- Reglamento Delegado UE 2016/1675, de 14 de julio de 2016, sobre la identificación de los terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas.
- Reglamento delegado UE 2018/105, de 27 de octubre de 2017; sobre la incorporación de Etiopía en la lista de terceros países de alto riesgo.
- Reglamento Delegado UE 2018/2012, de 13 de diciembre de 2017; sobre la adición de Sri Lanka, Trinidad y Tobado, y Túnez en el cuadro de países de alto riesgo.
- Reglamento Delegado UE 2018/1108, de 7 de mayo de 2018; sobre normas técnicas de regulación de los criterios de designación de puntos de contacto centrales para emisores de dinero electrónico y proveedores de servicios de pago y con normas sobres sus funciones.
- Reglamento Delegado UE 2018/1467, de 27 de julio de 2018; sobre la adición de Pakistán al cuadro de países de riesgo.
- Reglamento Delegado UE 2019/758, de 31 de enero de 2019; sobre las normas técnicas de regulación sobre las medidas mínimas y el tipo de medidas adicionales que han de adoptar las entidades de crédito y financieras para atenuar el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en determinados terceros países.
- Reglamento Delegado UE 2020/855, de 7 de mayo de 2020; sobre la inclusión de Bahamas, Barbados, Botsuana, Camboya, Ghana, Jamaica, Mauricio, Mongolia, Myanmar/Birmania, Nicaragua, Panamá y Zimbabue en la lista de países de alto riesgo; y supresión de dicho cuadro de Bosnia y Herzegovina, Etiopía, Guyana, la República Democrática Popular de Laos, Sri Lanka y Túnez.
SECCIÓN 2: Normativa Unión Europea. DIRECTIVAS
- Directiva UE de 20 de mayo de 2015; sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
- Directiva UE 2017/541, de 15 de marzo de 2017; sobre la lucha contra el terrorismo.
- Directiva UE, de 30 de mayo de 2018; sobre la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
TEMA 3: MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EN ESPAÑA (LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL)
SECCIÓN 1: Marco Normativo anterior a la Ley 10/2010 en España
- Ley 19/2003, de 4 de julio sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
- Ley 12/2003, de 21 de mayo, de bloqueo de la financiación del terrorismo.
- Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen jurídico de control de cambios.
SECCIÓN 2: Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la financiación del terrorismo, de 28 de abril
SECCIÓN 3:
- Real Decreto 413/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión de vigilancia de actividades de Financiación del terrorismo.
- Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales.
TEMA 4: SUJETOS OBLIGADOS POR LA LEY 10/2010
SECCIÓN 1: Sujetos obligados
- Definición
- Obligaciones
- Recomendaciones
SECCIÓN 2: Riesgo del negocio
- Medidas de Diligencia Debida
- Simplificadas
- Reforzadas
- Clientes no admisibles
- Conservación de documentos
SECCIÓN 3: Identificación
- Identificación formal
- Identificación del representante
- Titular real
- Conocimiento de la actividad
- Segmentación de clientes
- Seguimiento continuo
SECCIÓN 4: Personas con responsabilidad pública (PEPS)
- Fichero de Titularidades (FT)
SECCIÓN 5: Medidas de control interno (OCI)
SECCIÓN 6: Informe de Experto Externo
- Definición
- Obligaciones
- Trámites
SECCIÓN 7:
- Formación a todos los empleados
- Obligación de comunicación al Sepblac
TEMA 5: RÉGIMEN SANCIONADOR DE LA LEY 10/2010
TEMA 6: RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE DE LA EMPRESA, DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, DEL DIRECTOR DE COMPLIANCE, DEL COMPLIANCE OFFICER Y DEL REPRESENTANTE ANTE EL SEPBLAC DE LA PBC Y FT EN LA EMPRESA.
SECCIÓN 1: El blanqueo de capitales en el Mundo, una introducción al tipo delictivo
Definición de blanqueo de capitales o lavado de dinero (Money laundering)
- Modalidades de blanqueo de capitales
- Fases del blanqueo de capitales
- Colocación
- Encubrimiento o difuminación
- Integración
SECCIÓN 2: Vías y Sistemas internacionales de lucha contra el blanqueo de capitales
- Doble línea de acción
- Penal
- Prevención
- Instrumentos Internacionales
- FATF (Financial Action Task Force) o GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional)
- Los Estandares Internacionales (40 recomendaciones y 9 adicionales)
- Orientaciones
- UIF (Unidad Inteligencia Financiera)
- INTERPOL
TEMA 2: MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES EN EL MARCO DE LA UNIÓN EUROPEA (REGLAMENTOS)
SECCIÓN 1: Normativa Unión Europea. REGLAMENTOS
- Reglamento UE 20 de mayo de 2015; sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos y por el que se deroga el Reglamento 1781/2006.
- Reglamento Delegado UE 2016/1675, de 14 de julio de 2016, sobre la identificación de los terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas.
- Reglamento delegado UE 2018/105, de 27 de octubre de 2017; sobre la incorporación de Etiopía en la lista de terceros países de alto riesgo.
- Reglamento Delegado UE 2018/2012, de 13 de diciembre de 2017; sobre la adición de Sri Lanka, Trinidad y Tobado, y Túnez en el cuadro de países de alto riesgo.
- Reglamento Delegado UE 2018/1108, de 7 de mayo de 2018; sobre normas técnicas de regulación de los criterios de designación de puntos de contacto centrales para emisores de dinero electrónico y proveedores de servicios de pago y con normas sobres sus funciones.
- Reglamento Delegado UE 2018/1467, de 27 de julio de 2018; sobre la adición de Pakistán al cuadro de países de riesgo.
- Reglamento Delegado UE 2019/758, de 31 de enero de 2019; sobre las normas técnicas de regulación sobre las medidas mínimas y el tipo de medidas adicionales que han de adoptar las entidades de crédito y financieras para atenuar el riesgo de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en determinados terceros países.
- Reglamento Delegado UE 2020/855, de 7 de mayo de 2020; sobre la inclusión de Bahamas, Barbados, Botsuana, Camboya, Ghana, Jamaica, Mauricio, Mongolia, Myanmar/Birmania, Nicaragua, Panamá y Zimbabue en la lista de países de alto riesgo; y supresión de dicho cuadro de Bosnia y Herzegovina, Etiopía, Guyana, la República Democrática Popular de Laos, Sri Lanka y Túnez.
SECCIÓN 2: Normativa Unión Europea. DIRECTIVAS
- Directiva UE de 20 de mayo de 2015; sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
- Directiva UE 2017/541, de 15 de marzo de 2017; sobre la lucha contra el terrorismo.
- Directiva UE, de 30 de mayo de 2018; sobre la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.
TEMA 3: MARCO NORMATIVO DE LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO EN ESPAÑA (LEY 10/2010, DE 28 DE ABRIL)
SECCIÓN 1: Marco Normativo anterior a la Ley 10/2010 en España
- Ley 19/2003, de 4 de julio sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior.
- Ley 12/2003, de 21 de mayo, de bloqueo de la financiación del terrorismo.
- Ley 40/1979, de 10 de diciembre, sobre Régimen jurídico de control de cambios.
SECCIÓN 2: Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la financiación del terrorismo, de 28 de abril
SECCIÓN 3:
- Real Decreto 413/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión de vigilancia de actividades de Financiación del terrorismo.
- Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales.
TEMA 4: SUJETOS OBLIGADOS POR LA LEY 10/2010
SECCIÓN 1: Sujetos obligados
- Definición
- Obligaciones
- Recomendaciones
SECCIÓN 2: Riesgo del negocio
- Medidas de Diligencia Debida
- Simplificadas
- Reforzadas
- Clientes no admisibles
- Conservación de documentos
SECCIÓN 3: Identificación
- Identificación formal
- Identificación del representante
- Titular real
- Conocimiento de la actividad
- Segmentación de clientes
- Seguimiento continuo
SECCIÓN 4: Personas con responsabilidad pública (PEPS)
- Fichero de Titularidades (FT)
SECCIÓN 5: Medidas de control interno (OCI)
SECCIÓN 6: Informe de Experto Externo
- Definición
- Obligaciones
- Trámites
SECCIÓN 7:
- Formación a todos los empleados
- Obligación de comunicación al Sepblac
TEMA 5: RÉGIMEN SANCIONADOR DE LA LEY 10/2010
TEMA 6: RESPONSABILIDAD DEL PRESIDENTE DE LA EMPRESA, DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, DEL DIRECTOR DE COMPLIANCE, DEL COMPLIANCE OFFICER Y DEL REPRESENTANTE ANTE EL SEPBLAC DE LA PBC Y FT EN LA EMPRESA.
SALIDAS PROFESIONALES
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